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La comisión de Desarrollo Económico dictamina favorablemente la convocatoria de ayudas para la reducción de los costes financieros de proyectos de inversión

  • 7 de Octubre del 2016

Serán proyectos subvencionables las inversiones en activos fijos, materiales e inmateriales, necesarios para la puesta en marcha de la actividad empresarial, así como los gastos de constitución siempre que los bienes adquiridos sean nuevos y que el préstamo o crédito formalizado sea superior a 50.000 euros.

La comisión de Desarrollo Económico y Turismo ha dictaminado hoy por unanimidad la convocatoria de ayudas para aminorar determinados costes derivados de la formalización de préstamos y créditos destinados a nuevas inversiones productivas en cualquier sector de la economía provincial con una partida de 400.000 euros.

Serán proyectos subvencionables las inversiones en activos fijos, materiales e inmateriales, necesarios para la puesta en marcha de la actividad empresarial, así como los gastos de constitución siempre que los bienes adquiridos sean nuevos, el préstamo o crédito formalizado sea superior a 50.000 euros, y las inversiones subvencionables se inicien con posterioridad a la fecha de formalización de la del préstamo objeto de la subvención.

Podrán acogerse a esta línea de ayudas las empresas que tengan domicilio fiscal o centro de trabajo en la provincia de Soria.

La subvención consistirá como máximo en una cantidad equivalente a una rebaja de los puntos porcentuales del tipo de interés anual satisfecho durante los tres primeros años de vida del préstamo conforme a los siguientes criterios:

Empresas con domicilio fiscal o centro de trabajo en localidades de más de 20.000 habitantes 1%.

Empresas con domicilio fiscal o centro de trabajo en localidades de más de 1.000 habitantes 1,5%.

Empresas con domicilio fiscal o centro de trabajo en localidades de menos de 1.000 habitantes 2%.

En el caso de que el tipo de interés satisfecho sea inferior al que aparece en la tabla, la cantidad subvencionada será como máximo el tipo anual satisfecho. Adicionalmente, y para favorecer también la generación de puestos de trabajo, ese porcentaje se incrementará en un 0,1% por trabajador contratado.

Además, se elevará al 0,2% si la contratación es de mujeres y jóvenes menores de 35 años.

La subvención concedida nunca podrá ser superior al más alto de los siguientes límites:

El importe máximo de subvención será:

Para los beneficiarios con domicilio fiscal y centro de trabajo en localidades de menos de 20.000 habitantes: 60.000 euros anuales durante cada uno de los tres años de periodo subvencionable.

Para los beneficiarios con domicilio fiscal y centro de trabajo en localidades de más de 20.000 habitantes: 40.000 euros anuales durante cada uno de los tres años de periodo subvencionable.

La bonificación de tipo de interés será como máximo:

2,5% para las empresas con domicilio fiscal o centro de trabajo en localidades de más de 20.000 habitantes.

3% para aquellas empresas ubicadas en localidades de más de 1.000 habitantes.
3,5% para aquellas empresas cuyo domicilio fiscal o centro de trabajo esté en localidades de menos de 1.000 habitantes.

Los costes subvencionables serán únicamente los intereses satisfechos durante los tres primeros años de vida del préstamo o crédito, a contar desde la fecha de la formalización, y el importe de la comisión de riesgo del aval emitido por instituciones registradas en el Banco de España para garantizar este préstamo o crédito, cuando sea requerido por las instituciones financieras para la formalización del préstamo o crédito de inversión.

La duración del aval no podrá ser superior a la de la operación avalada. El período de formalización de la operación estará comprendido entre el 1 de enero y el 1 de diciembre de 2016.

La presentación de solicitudes se realizará desde el día siguiente a la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia y antes del 9 de diciembre de 2016.

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