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  2. Inspección de trabajo da la razón a FSP-UGT

Inspección de trabajo da la razón a FSP-UGT

  • 19 de Febrero del 2015

Federación de Servicios Públicos
Federación de Servicios Públicos
FSP-UGT SORIA
Como consecuencia de la Modificación de las RPTs (Relaciones de Puestos de
Trabajo) del personal laboral de los servicios periféricos de la Gerencia de Servicios
Sociales (Decreto 31/2014, de 17 de julio, publicado en el BOCYL nº 138/2014, de 21 de julio de 2014 ), donde se suprimieron las 3 plazas de oficial de 2ª mantenimiento (una en cada Escuela de Educación Infantil de Soria, El Trébol, Virgen del Mirón y Virgen del Espino), las funciones que realizaban estos trabajadores fueron encomendadas por parte de la Gerencia de Servicios Sociales a los trabajadores de distintas categorías (Técnicos de Educación Infantil, Personal de Servicios, Personal de Cocina...) tareas ajenas a las funciones correspondientes (vigilancia de los accesos, custodia de llaves, apertura y cierre de centro...)
Ante todo esto, la FSP-UGT de Soria, denunció tal situación ante la Inspección
Provincial de Trabajo y Seguridad Social de Soria, que decidió derivarlo a la Dirección
Territorial de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social de Castilla y León, que con
fecha 13 de febrero de 2015 emite informe dándonos la razón.
Hechos denunciados por FSP-UGT: el personal de mantenimeinto de las escuelas de
educación infantil se encargaba, además de las funciones propias de mantenimiento,
de abrir y cerrar las puertas de los centros, custodia y vigilancia de todo el Centro,
entre otras funciones. En un intento de suplir esta falta de personal, la Gerencia de
Servicios Sociales determinó que todo el personal del Centro, incluidas las Directoras, se turnen para realizar estas funciones "de portería". El resultado de ello es que tanto los Técnicos como el personal de servicios, como las direcciones y el personal de cocina se turnan para realizar estas funciones "impropias" con la consiguiente dejación de funciones "propias".
En el Convenio Colectivo del personal laboral de la Junta de Castilla y León, se
redactan las funciones de todas estas categorías profesionales, y en ningún apartado
de las mismas se habla de estas funciones "a mayores". Como consecuencia de ello
se produce el abandono del cuidado de los usuarios mientras se realizan las
funciones "ajenas" a su puesto de trabajo.
Paradójicamente puede producirse la siguiente situación: dado el carácter
permanente de tránsito diario de usuarios (recordemos que son niños de 0 a 3 años)
acompañados de sus padres, familiares, cuidadores o tutores, son necesarias unas
medidas de seguridad mínimas, dado que éstos no tienen por qué ser conocidos e identificados por el personal de servicios, a modo de ejemplo, con el riesgo que esto conlleva para niños de estas características.
Por todo ello, desde la FSP-UGT de Soria siempre hemos pensado que las plazas de oficial de 2ª de mantenimiento de las Escuelas de Educación Infantil, y dado las funciones que realizaban, eran absolutamente necesarias e imprescindibles para est
os centros, y que nunca debieron ser amortizadas atendiendo únicamente a criterios económicos, sin tener para nada en cuenta las especiales características de estos Centros.
Ahora, con el informe de la Dirección Territorial de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social de Castilla y León, que da la razón a la Federación de Servicios Públicos de la Unión General de Trabajadores de Soria, se confirma que es necesaria
la creación de puestos de trabajo que desarrollen estas funciones especialmente importantes en Centros de estas características.
La propia Dirección Territorial de la Inspección de trabajo y Seguridad Social de Castilla y León, requiere a la empresa para que de forma inmediata proceda a la asignación de funciones en las Escuelas de Educación Infantil. Desde la FSP-UGT qu
eremos mostrar nuestra satisfacción por este reconocimiento ante nuestra demanda, y una vez más lamentamos que la única forma de conseguir que se respeten los derechos de los trabajadores de la Gerencia de Servicios Sociales,
sea ante la Inspección de Trabajo o los Tribunales de Justicia.
Es sorprendente que quien debería velar por la calidad de los servicios sociales únicamente se ocupe de aplicar criterios económicos, desprotegiendo tanto a los usuarios como a los trabajadores de sus derechos.

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